Guayaquil, miércoles 01 de marzo del 2000

Se aprobó ley sobre dolarización

El Congreso Nacional aprobó en segundo y definitivo debate el proyecto de Ley Fundamental para la Transformación Económica del Ecuador, remitido por el Ejecutivo con el carácter de urgente en materia económica y que viabiliza el proceso de dolarizacoón de la economía ecuatoriana.

Luego de intensas conversaciones, los legisladores de la mayoría legislativa lograron presentar un texto de consenso en el capítulo de la reestructuración de pasivos, uno de los puntos que fueron observados por la misión del Fondo Monetario Internacional (FMI), que visita el País para monitorear la implementación del nuevo modelo económico.

El proyecto será remitido al Ejecutivo para la sanción respectiva, conforme establece la Constitución.

Reestructuración de deudas

En lo fundamental, los legisladores aprobaron que las deudas que hasta por US$ 50.000 tengan las personas naturales y jurídicas con el sistema financiero nacional, incluidas las entidades que se encuentran en poder de la Agencia de Garantía de Depósitos (AGD), se refinanciarán directamente, mientras que las que superen este monto se refinanciarán de acuerdo con un procedimiento que establecerá el Presidente de la República, mediante Decreto Ejecutivo, en el que se establecerá los plazos y montos.

Esta propuesta tuvo el respaldo de los 62 legisladores presentes en la sala de sesiones y tendría el visto bueno de la misión del FMI que monitorea de cerca el proceso de dolarización.

Los parlamentarios coincidieron en la necesidad de que el Congreso dé paso a la reactivación del aparato productivo del País, a través de la reestructuración de las deudas que mantienen con el sistema financiero.

El Dr. Raúl Hurtado Larrea, diputado de la Democracia Popular (DP), manifestó que es necesario dar paso a esta necesidad nacional.

De su lado, el Dr. Álvaro Pérez Intriago, diputado del Partido Social Cristiano (PSC), expresó que ninguno de los objetivos planteados con la dolarización se alcanzarían en caso de que los pasivos de las personas e instituciones no refinancien sus deudas.

Por su parte, el Econ. Xavier Neira Menéndez, jefe (e) del PSC, aseveró que "sin la reprogramación de los pasivos para reactivar al sector productivo, no habrá ningún proceso de dolarización que camine''.

Por ello, propuso el siguiente texto que facilitará la reestructuración de pasivos:

"De la reprogramación de pasivos: Artículo 82.- Con el propósito de generar y preservar el empleo, evitar la paralización del sector productivo, restaurar la capacidad de pago de las personas naturales y jurídicas, y promover el crecimiento y competitividad de la economía nacional, las personas naturales y jurídicas deudoras a la fecha de vigencia de la presente ley de las entidades del sistema financiero nacional, deberán reestructurar sus pasivos cuando sus deudas sean de hasta US$ 50.000. Las deudas que cualquier persona natural o jurídica mantenga con el sistema financiero nacional y cuyas acreencias superen a la fecha de vigencia de esta ley los US$ 50.000 serán obligatoriamente refinanciadas con sus acreedores en las condiciones que fije el Presidente de la República con un Decreto Ejecutivo que expedirá dentro de los próximos 30 días contados a partir de la vigencia de esta ley.

La Superintendencia de Bancos sancionará el incumplimiento a las normas de este artículo y del Decreto Ejecutivo al que se refiere el inciso anterior con la remoción inmediata de los administradores de la institución financiera respectiva y dispondra la provisión del 100 por ciento del valor no refinanciado.

El refinancimiento al que se refiere este artículo se efectuará dentro de los 120 días a partir de la vigencia de esta ley. No podrán acceder a este sistema de reprogramación de pasivos los créditos vinculados y la cartera considerada como pérdida y los concedidos al margen de la Ley de Instituciones Financieras''.

"Art. 82 A.- Los créditos concedidos dentro de los límites que establecían los artículos 72 y 73 de la Ley General de Instituciones del Sistema Financiero, podrán ser refinanciados por las instituciones del sistema financiero abiertas o a cargo de la AGD, por la Corporación Financiera Nacional o por el Banco de Fomento, siempre que sus beneficiarios sean entes productivos económicamente viables, ofrezcan garantías reales y personales suficientes a criterio de la entidad prestamista y que la Junta Bancaria emita criterio favorable para su refinanciamiento. De este modo, se reforma la Disposición Transitoria Primera de la Ley Reformatoria a la Ley de Instituciones Financieras".

Gobierno complacido por la aprobación de Ley Trolebús

El secretario general de la Administración, Dr. Marcelo Santos Vera, a nombre del Gobierno, expresó la satisfacción por el trámite y aprobación del proyecto de Ley Fundamental para la Transformación Económica, por parte del Congreso Nacional.

No obstante, Santos aclaró que la sanción favorable o el veto parcial o total corresponderá decidir al presidente de la República, Dr. Gustavo Noboa Bejarano, una vez que reciba el texto aprobado y lo analice.

"Ha habido cambios al texto del Ejecutivo que hasta ahora no ha afectado profundamente el alcance que se le ha querido dar a la ley. Sin embargo, una vez que el documento aprobado llegue a la Presidencia de la República será estudiado", dijo.

Según Santos, el proyecto no será obstáculo para avanzar con el proceso de negociaciones para la firma de la Carta de Intención con el Fondo Monetario Internacional (FMI), debido a que casi todos los temas sobre los que se ha conversado con la misión del FMI, han quedado resueltos en el texto aprobado por el Congreso.

Tras subrayar que el Gobierno está dando todos los pasos para implementar el proceso de dolarización, aseguró que se han tomado en cuenta las recomendaciones del FMI.

"Lo importante es aprobar la ley interna y que todo lo que hagamos haga viable la ayuda internacional que el Ecuador demanda, para lo cual es de gran importancia la suscripción de la Carta de Intención", agregó.

Quito-Redacción El Telégrafo


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